BENEFICIOS SEGURIDAD Y SALUD

BENEFICIOS

SEGURIDAD Y SALUD

Enfermedad y Bajas Médicas

En caso de baja por enfermedad o accidente de trabajo debidamente acreditado, el personal percibirá el importe íntegro de su salario correspondiente al mes anterior a la baja, incluidas las comisiones que en ese mes se hubiesen podido percibir y que se reflejan en la base reguladora del indicado mes, abonando así la empresa las posibles diferencias existentes entre esta y la prestación por incapacidad temporal, todo ello aunque hayan sido sustituidos y por el tiempo de duración de la citada incapacidad temporal.


Situación de embarazo

A partir de la semana 18 la trabajadora deberá acogerse al riesgo de embarazo.

Una vez que la trabajadora comunique a la empresa la situación de embarazo y permanezca en activo, se le reservará una plaza de parking cercana al acceso a las instalaciones.

La trabajadora que, una vez comunicada a la empresa la situación de embarazo, permanezca en activo y le coincida el disfrute de un periodo vacacional o de compensación de horas de exceso podrá solicitar que el mismo se le suspenda y disfrutarlo posteriormente tras el permiso de nacimiento de hijo, junto con el resto de periodos vacacionales que puedan coincidir durante la situación de riesgo para el embarazo o de baja de maternidad.


Consulta podológica / calzado de seguridad

El trabajador o la trabajadora que presente algún problema médico en los pies causado por el uso de calzado de seguridad, solicitará visita al servicio médico. Tras dicha visita, si el facultativo/facultativa lo considera necesario, lo derivará a consulta podológica, y el coste de las plantillas, si fueran necesarias, relativas al uso del calzado de seguridad las asumiría la empresa, así como el coste de la consulta podológica. En el supuesto que la persona requiera de un calzado especial la empresa le facilitará el más adecuado.


Fisioterapeuta

Cuando el personal asista al Fisioterapeuta en las clínicas con las que la compañía haya concertado la asistencia, la empresa asumirá el 50% del coste del servicio, con un máximo de 8 sesiones anuales. Para ello, el trabajador o trabajadora deberá preavisar a RRHH de las sesiones de fisioterapeuta que se van a realizar con cargo a lo regulado en el presente artículo.

Las clínicas concertadas son las siguientes:

José Antonio Velázquez  ( Farmasalut ) c/ Ardales 36  ( Blanes )
Felip ( Centro Terapéutico Palafolls ) c/ Francesc Macià, nº 18 ( Palafolls )
Miriam Hortal c/ Amistad, nº 19 ( Tordera )

Uniforme

Se hará entrega del uniforme desde el inicio de la relación laboral, que consistirá en 2 pantalones, 2 polos, 1 chaqueta (a elegir entre polar o algodón) y 1 chaleco. La reposición será por deterioro de la prenda.